Decreto 2/2020


EL NUEVO DECRETO DE LA JUNTA PERMITE EL COMIENZO DE OBRAS Y LA PRIMERA OCUPACIÓN MEDIANTE DECLARACIÓN RESPONSABLE.


Se podrá iniciar las obras al día siguiente de la presentación de la declaración responsable de:

a) Todas las obras menores.

b) Las obras mayores que no alteren edificabilidad, ocupación o altura.

c) Las licencias de primera ocupación o utilización de las obras anteriores.

d) La primera ocupación y utilización de nuevas edificaciones.

e) Los cambios de uso.


La Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto Ley 2/2020 de Mejora y Simplificación de la Regulación para el Fomento de la Actividad Productiva en Andalucía, que agiliza 21 leyes y seis decretos e incluye un centenar de medidas, entre simplificación de procedimientos, eliminación de barreras o modificación de tasas, en ámbitos como el turismo, el comercio, la salud, la industria agroalimentaria, la pesca, el medio ambiente, el urbanismo, la energía, los servicios sociales y los de carácter audiovisual.

El primer resultado del desarrollo de este plan fue la aprobación a finales de 2019 de una batería normativa para favorecer la tramitación de los proyectos estratégicos en la comunidad, iniciativa que se completa ahora con este decreto ley que supone una reforma legal de calado, puesto que afecta a normas tan relevantes como la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

El decreto de simplificación incluye cuatro modificaciones de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) planteadas por la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

En primer lugar, se sustituye la licencia de obras municipal por la Declaración Responsable para obras menores (escasa entidad constructiva y sencillez técnica) y obras en edificaciones e instalaciones existentes en suelo urbano consolidado, siempre que sean conformes con la ordenación urbanística y no alteren los parámetros de ocupación y altura ni conlleven incrementos en la edificabilidad o el número de viviendas. Esto permite iniciar las obras desde el momento de la presentación de dicha declaración. La medida elimina un trámite que ahora puede durar en algunos municipios hasta 12 meses.

Además, se sustituye el trámite de licencia de ocupación por el de Declaración Responsable para edificaciones e instalaciones existentes en suelo urbano consolidado. Esto permite ocupar viviendas y poner en funcionamiento locales, comercios, servicios, etc. desde el momento de la presentación de dicha declaración. La medida elimina un trámite que actualmente puede llegar en algunos municipios a nueve meses.

El control de las obras y actividades se realizaría a posteriori por el ayuntamiento, quedando garantizado el control administrativo de la actividad urbanística. Se gana agilidad sin perder control ni seguridad jurídica.

En cuarto lugar, se refuerza la función de coordinación de los informes sectoriales al planeamiento urbanístico que tienen las Comisiones Provinciales de Coordinación Urbanística, obligando a emitir de forma coordinada los informes de todas las consejerías de la Junta tras la aprobación inicial de dichos instrumentos de planeamiento y a verificar en un único pronunciamiento el contenido de dichos informes tras la aprobación provisional. La reducción de los plazos puede ser incluso de años.